Corte condenó al INAU a indemnizar a un hombre que quedó parapléjico tras el ataque de un menor que escapó del centro de reclusión (2024)

La Suprema Corte de Justicia (SCJ) confirmó una condena contra el Instituto del Niño y el Adolescente del Uruguay (INAU) a indemnizar a un hombre que quedó parapléjico tras el ataque con un arma de fuego de un adolescente, de 17 años, fugado de la Colonia Berro, donde cumplía medidas socio-educativas por un delito de hurto.

Según el fallo de la Corte, el INAU es responsable porque fue “omiso” en adoptar medidas de vigilancia para impedir la fuga del menor. Así, el máximo tribunal confirmó un fallo de segunda instancia que había condenado al INAU.

El adolescente había ingresado al INAU con un régimen de libertad asistida y se fugó del centro de reclusión abierto “por el deseo de ver a su hijo enfermo”, el 16 de enero de 2011. Seis días después, en horas de la mañana, en la intersección de las calles San Salvador y Salto, disparó un arma de fuego a un feriante, entonces de 33 años.

La víctima sufrió lesiones que le provocaron una paraplejía total de los miembros inferiores y debió ser operado en dos oportunidades, trasladándose en silla de ruedas.

El joven, quien se había fugado tres veces, estaba alojado en un hogar abierto, sin rejas, una reclusión “a todas luces inadecuada”. El fallo condena al INAU a pagar a la víctima la suma de U$S 20.000, por concepto de daño moral, y otros $ 20.000 por daño emergente. También deberá indemnizar a la esposa de la víctima con U$S 5.000 y a su hijo con otros U$S 5.000.

La sentencia llegó en momentos en que las fugas de los centros del INAU ocupan la atención de medios y autoridades. Por estos días se conoció que Ricardo “Ricky” Astesiano, uno de los delincuentes que llevan más tiempo internados en dependencias del INAU, aprovechó una salida transitoria concedida por la Justicia de Adolescentes para fugarse. La Policía lo busca desde el jueves 18, al declararse la alerta cuando el joven de 23 años no regresó al Hogar Paso a Paso, según informó este miércoles 24 “El País”.

Falta de servicio.

Las autoridades del INAU se defendieron ante la Justicia alegando la falta de nexo causal entre el INAU y el adolescente recluido en un centro bajo su custodia. El instituto no cuestionaba el ilícito, pero deslindaba su responsabilidad. “Se ha forzado la prueba a los efectos de responsabilizar a un codemandando solvente que pueda reparar económicamente a la víctima. La fuga y la supuesta falta de vigilancia que se atribuye a INAU son los antecedentes, la ocasión, pero no fueron productoras del hecho ilícito”, sostuvieron las autoridades.

Durante los días de fuga, el adolescente se encontraba conviviendo con su madre, padrastro, abuela y hermanos, por lo que estaba a cargo de su madre y, por lo tanto, “ella es la responsable de los daños y perjuicios reclamados en autos”, según el INAU. Aparte, “no existe prueba que determine que el adolescente debía ser recluido en un centro de puertas cerradas”.

Con esos argumentos, el INAU solicitó que se revocara la sentencia y se declarara firme el fallo de primera instancia, que eximió de responsabilidad al organismo.

Pero la SCJ, por mayoría de sus miembros, desestimó el recurso de casación. “Se coincide con la Sala en cuanto a que el INAU debía, como autoridad encargada de la guarda del adolescente” adoptar medidas de vigilancia, omisión que permitió la fuga del joven.

El máximo órgano judicial concluyó que “el INAU debió adoptar las medidas pertinentes para que el menor no se fugara porque estaba bajo su custodia”. “Si el adolescente hubiera permanecido cumpliendo la medida socio-educativa dispuesta, el daño no se habría producido”, apuntó.

Quién responde.

La Corte indicó que en este caso el INAU no adoptó las medidas para cumplir con su deber de custodia del adolescente recluido en sus dependencias, y constató una “clara responsabilidad” de la institución encargada de la vigilancia del adolescente. Así, la SCJ determinó que se condene al ente a la indemnización de los daños padecidos. En suma, agregó, “va de suyo” que la madre del menor no puede ser imputada de responsabilidad alguna.

Así lo estableció la ministra de la Corte, Elena Martínez Rosso, para quien el INAU pretendió eximirse de su responsabilidad y transferirla a la madre del adolescente fundándose en su propio accionar culpable.

No obstante, para el ministro Felipe Hounie, el único miembro discordante, correspondía casar la sentencia recurrida y confirmar el pronunciamiento de primer grado.

Respecto a la responsabilidad del Estado, Hounie sostuvo que “debe partirse de la premisa mayoritariamente aceptada que postula que al artículo 24 de la Constitución no determina cuándo surge la responsabilidad de la Administración, ni consagra un criterio objetivo de atribución, limitándose el principio general de la responsabilidad directa de los entes estatales —y no funcionarios— frente a los terceros damnificados; esto es, quién responde, y no en qué supuestos o condiciones se responde”.

En este caso, el ministro estimó que “no existe nexo causal entre el incumplimiento del deber del cuidado del INAU y el daño producido. (…) Lo que determina la tentativa de homicidio no es la fuga del adolescente, sino el designio criminal del agente del delito y, en dicho designio, el INAU­ no tiene ninguna responsabilidad”.

“No puede soslayarse que la tentativa de homicidio se verificó seis días después de la fuga, lo que evidencia que la fuga no tiene ni tuvo relación causal con el hecho dañoso (…), distinto hubiera sido el caso si, por ejemplo, en oportunidad de fugarse, el menor hubiera dado muerte a un peatón embistiéndolo con el vehículo en el que huía. O, en otro supuesto, si hubiera disparado contra su custodia”, argumentó Hounie.

Corte condenó al INAU a indemnizar a un hombre que quedó parapléjico tras el ataque de un menor que escapó del centro de reclusión (2024)
Top Articles
Latest Posts
Article information

Author: Aron Pacocha

Last Updated:

Views: 5506

Rating: 4.8 / 5 (68 voted)

Reviews: 83% of readers found this page helpful

Author information

Name: Aron Pacocha

Birthday: 1999-08-12

Address: 3808 Moen Corner, Gorczanyport, FL 67364-2074

Phone: +393457723392

Job: Retail Consultant

Hobby: Jewelry making, Cooking, Gaming, Reading, Juggling, Cabaret, Origami

Introduction: My name is Aron Pacocha, I am a happy, tasty, innocent, proud, talented, courageous, magnificent person who loves writing and wants to share my knowledge and understanding with you.